jueves, 6 de julio de 2017

TRIBUNAL ECLESIASTICO DE CHIHUAHUA




Calle 16 de Septiembre 803 Col. Cuauhtémoc. 
Chihuahua, Chih.
Tel. (614)410-53-76 
Horario: Lunes a Viernes 9am a 2pm



viernes, 14 de septiembre de 2012

PROCESO CANONICO DE LA NULIDAD MATRIMONIAL

¿Cuáles son los pasos que se siguen en un proceso de nulidad matrimonial?
Veamos de una manera esquemática las distintas etapas de un proceso de nulidad:
   1.      Presentar una demanda de nulidad ante el Tribunal Eclesiástico. Si hay aparentes motivos de nulidad, el Tribunal aceptará la demanda y comenzará el proceso.
   2.      Citación al Dubio (contestación a la demanda). Se citan a las dos partes (esposos) y se les pregunta si están de acuerdo con lo que figura en la demanda. Ambas partes pueden exponer sus desacuerdos sobre la misma. En este segundo momento se establece el o los motivos que se alega para la nulidad.
    3.      Presentación de las pruebas y la lista de testigos que serán oídos por el Tribunal.

PRINCIPALES CAUSALES DE NULIDAD MATRIMONIAL

¿Cuáles pueden ser los motivos de nulidad matrimonial?
Son variados:
    1.      Carecer de suficiente uso de razón, que hace incapaz para el matrimonio (canon 1095, 1º del Código de Derecho Canónico).
    2.      Tener un grave defecto de discreción de juicio acerca de los derechos y deberes esenciales del matrimonio, que hace incapaz para el matrimonio (canon 1095, 2º).
    3.      No poder asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por  causas de naturaleza psíquica (canon 1095, 3º).
4.      Ignorar que el matrimonio es un consorcio permanente entre el varón y una mujer, ordenado a la procreación de la prole mediante una cierta cooperación sexual (canon 1096, § 1). Esta ignorancia no es presumible después de la pubertad. (canon 1097, §2).
5.      El error acerca de la persona. (canon 1097, § 1).
6.      El error acerca de una cualidad de la persona, cuando esa cualidad es directa y principalmente pretendida (canon 1097, § 2).

QUE ES LA NULIDAD MATRIMONIAL

1.- ¿Quiénes pueden solicitar el proceso de declaración de nulidad de su matrimonio?
La pueden solicitar uno de los cónyuges que haya contraído matrimonio por la Iglesia. Las personas casadas sólo por lo civil no pueden pedir la nulidad eclesiástica de matrimonio.
2.- ¿Qué es la nulidad matrimonial?
Es el proceso mediante el cual se puede demostrar que antes de casarse existían motivos lo suficientemente importantes, que hicieron el matrimonio nulo. No es que la Iglesia anule un matrimonio válido, cosa por otra parte imposible, sino que se constata que hubo motivos anteriores al mismo que hicieron nulo el matrimonio celebrado.

QUE HACE Y QUIENES CONFORMAN UN TRIBUNAL ECLESIASTICO

QUE HACE UN TRIBUNAL ECLESIASTICO?

Administrar la justicia
Para el mejor funcionamiento en la administración de la justicia, en un tribunal eclesiástico las funciones se distribuyen bajo la responsabilidad de distintos ministros los cuales desempeñan una función específica.
A quién compete administrar la justicia en una diócesis es al mismo obispo diocesano. Éste puede delegar su poder judicial a un presbítero que sea docto y versado en jurisprudencia. Así como el poder ejecutivo es delegado en el Vicario general, el poder judicial es delegado en el Vicario judicial.

QUIENES LO CONFORMAN?

miércoles, 12 de septiembre de 2012

TRIBUNAL ECLESIASTICO METROPOLITANO DE CHIHUAHUA

Tribunal de 1era Instancia:

Vicario Judicial: Pbro. Lic. Jose Luis de Haro
adjunto:              Pbro. Vicente Gallo T.

Defensores del Vinculo: Pbro. Lic. Guillermo A. Serrano
                                         Pbro. Miguel Ortega

Jueces Diocesanos: Pbro. Fernando Talamantes
                                  Pbro. Homero Gonzalez
                                  Pbro. Cesar Araiza

Jueces Audirores:    Pbro. Eusebio Humberto Torres
                                                                                               Pbro. Martin Lozoya
                                                                                               Pbro. Edgar Estrada
                               

Notarias: Sra. Eva Angelica Miranda Moreno              
                 Sra. Teresita de Jesus Prieto Rivero

Recepcionista:  Hna. Emma Cárdenas Estanislao